¿Puede Hacienda realizar visitas sorpresa a los negocios?
Por norma general, la inspecciones o visitas por sorpresa no están prohibidas, pero tienen que reunir una serie de condiciones y requisitos para que éstas puedan llevarse a cabo dentro de la legalidad. En nuestro artículo de hoy vamos a ver aquellos requisitos que debe cumplir Hacienda para visitar tu negocio por sorpresa. Existe numerosa jurisprudencia que sienta las bases y establece las condiciones para que estas visitas se realicen respetando los derechos de los autónomos y contribuyentes. Entre ellas, las siguientes:
- A ser informado con antelación a la visita. No es suficiente con informar unos minutos u horas antes.
- El autónomo o empresario debe tener constancia y conocimiento de que existe un procedimiento inspector abierto.
- No se podrá interrogar al autónomo o empresario en la misma inspección o visita. Al tratarse de otra actuación inspectora debe llevarse a cabo siguiendo las directrices establecidas para ello, es decir, con preaviso y posterior citación.
¿Qué requisitos debe cumplir Hacienda para visitar tu negocio por sorpresa?
¿Qué comprobaciones se llevan a cabo en las visitas?
Una de las comprobaciones más comunes que realizan los inspectores de Hacienda en los negocios es el control de las actividades económicas. Para ello, se comprueban los libros y registros de contabilidad en busca de ingresos no declarados, deducciones en impuestos no aplicadas correctamente, cumplimiento y control de las obligaciones tributarias, etc.
Muy de cerca le siguen las comprobaciones relativas a la correcta aplicación de la normativa. Así como la ocultación de actividad o cualquier otra comprobación formal.
En el siguiente enlace puedes obtener más información sobre los errores más comunes cometidos por los empresarios y autónomos que suelen dar lugar a una inspección de Hacienda.
Plan anual de control tributario
Actualmente, con el Plan anual de control tributario y aduanero de 2024, además de las comprobaciones que acabamos de ver, el foco se centra fundamentalmente en las siguientes actuaciones de comprobación llevadas a cabo mediante investigación y/o personación.
- Revisión censal
- Control de las TPV
- Otros programas de facturación al público
- Cumplimiento de los requisitos para estar inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)
- Registro de Devolución Mensual en el IVA
- Control de impuestos especiales y medioambientales
¿Qué requisitos debe cumplir Hacienda para visitar tu negocio por sorpresa?
Las visitas e inspecciones se están centrando especialmente en sectores de mayor riesgo tributario y en aquellas actividades empresariales y profesionales que facturen al público. De igual manera, el punto de mira estará en todas aquellas empresas, negocios y autónomos que utilicen Terminal Punto de Venta (TVP) para facturar a sus clientes.
Hay que destacar que, con la implantación del nuevo Plan de control, para aquellos negocios que corrijan voluntariamente su actuación y comportamiento fiscal no se abrirá procedimiento de inspección. De esta forma, se evitarán visitas e inspecciones innecesarias y se centrarán en aquellas otras que comportan mayores riesgos.
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