Respondemos a una de las grandes incógnitas de muchas personas: qué es el modelo 303, para qué sirve, cómo funciona, cómo y cuando hay que rellenarlo.

Qué es el Modelo 303 del IVA Trimestral

Cuando como empresarios o profesionales emitimos facturas a nuestros clientes, bien sea por la venta de bienes o por la prestación de nuestros servicios, llega el momento de cobrar por ellos. En la factura deberemos incluir el IVA. Esto es el llamado IVA repercutido. Este es un impuesto que recaudaremos en nombre de la agencia tributaria. Lo mismo sucederá cuando seamos clientes y tengamos un proveedor al que compremos determinados bienes. Ese IVA es el llamado IVA soportado.

Cada tres meses debemos rendir cuentas respecto a la recaudación del IVA con la administración. No debemos olvidar que ese dinero recaudado en concepto de IVA no nos pertenece, solo somos meros recaudadores. Por tanto, trimestralmente, la empresa enfrentara el IVA soportado con el IVA repercutido (lo que hemos pagado de IVA y lo que hemos cobrado por el IVA por otro lado) y el resultado de esta cuenta tan básica se comunicara a la administración.

Para realizar esta gestión trimestral debemos valernos del modelo 303, que es la forma en que comunicaremos a la administración todo lo relativo al IVA y su recaudación.

qué es el modelo 303 y cómo se rellena

Cómo Rellenar el Modelo 303

                El modelo 303 se divide en 8 secciones con más de 80 casillas en total. A continuación veamos las diferentes secciones.

                Sección 1. Identificación.

Aquí deberemos consignar nuestros datos identificativos tales como nuestro nombre apellidos y DNI y deberemos responder a una serie de preguntas relativas a la forma en que tributamos este impuesto atendiendo a lo presentado previamente en nuestra declaración censal (si estamos inscritos a la declaración mensual en vez de a la trimestral, si nos hallamos en concurso de acreedores…).

                Sección 2. Devengo.

Aquí consignaremos cual es el periodo de liquidación especificando a que trimestre corresponde y el año.

                Sección 3. Liquidación.

Aquí comunicaremos a la agencia tributaria aquellas cantidades recaudadas por el IVA  que hemos emitido a nuestros clientes y el IVA que hemos soportado de nuestros proveedores. Es la sección clave del modelo.

IVA devengado

          

                De la casilla 1 a la 27 consignaremos el IVA devengado. En las casillas 1, 4 y 7 pondremos la base imponible de lo facturado. En las casillas 2, 5 y 8 pondremos el tipo de IVA que corresponde aplicar y su porcentaje (4%, 10% o 21%). En las casillas 3,6 y 9 pondremos la cantidad resultante al aplicar ese porcentaje, es decir, la cuota.

                Casillas 10 y 11: señalaremos los gastos de adquisición de la Unión Europea y su IVA.

                En las casillas 12 y 13 señalaremos las operaciones con inversión del sujeto pasivo. Este es un tipo de operación se da cuando se intercambian los papeles en la operación en lo que respecta al IVA, es decir, quien emite el IVA no ha de recogerlo siendo obligación de quien lo soporta declararlo. Es una situación muy poco común y excepcional.

En la casilla 14 y 15 de modificación de bases y cuotas. Si hemos rectificado alguna factura en el trimestre la recogeremos aquí.

En la casilla 16 a la 24 recogeremos las operaciones sujetas al recargo de equivalencia. El recargo de equivalencia es para aquellos proveedores dedicados a la venta al por mayor. Si tenemos un cliente de este tipo debemos rellenar nosotros estas casillas.

En la casilla 25 y 26 recogeremos la modificación de bases y cuotas si procede relativa al recargo de equivalencia.

En la casilla 27 contemplaremos el total del IVA devengado

IVA deducible

Casilla 28: pondremos la base imponible de todos los gastos deducibles del trimestre.

Casilla 29: pondremos la cuota resultante al aplicar el porcentaje de IVA.

En la casilla 30 y 31 reflejaremos el gasto que nos haya producido la compra de algún bien de inversión, es decir, la compra de algo que esté sometido a amortización, un bien que vaya a permanecer en la empresa durante más de un año.

Las casillas de la 32 a la 35 reflejarán la importación de bienes de inversión que hayan pasado por la aduana.

Las casillas de la 36 a la 37 reflejarán la adquisición de bienes intracomunitarios si estamos acogidos al roi.(podemos enlazar con el texto creo que había uno sobre que es el roi)

En la casilla 38 y 39 reflejaremos la adquisición de bienes de inversión en la unión europea.

Casilla 40 y 41 es donde rectificaremos las deducciones si hemos cometido algún error con las facturas.

Casilla 42 compensación del régimen especial agrario y pesca. Solo lo rellenaremos si nos dedicamos a estas actividades.

Casilla 43 regularización de bienes de inversión. Si hemos realizado una compra de un bien de inversión antes de iniciar la actividad la reflejaremos aquí.

Casilla 44 regularización de bienes de inversión. En esta casilla ajustaremos, si es necesario, en el cuarto trimestre los porcentajes de amortización.

Casilla 45. Total a deducir. Aquí pondremos el total de IVA deducible.

Casilla 46. Resultado régimen general. Aquí realizaremos la resta del IVA deducible al IVA soportado.

Casillas de la 47 a la 58 es únicamente para aquellos autónomos que tributan por módulos.

De las casillas 59 a la 75 recoge información adicional que no tiene influencia en el cálculo pero si debe recogerse a modo de información de operaciones con la Unión Europea.

Resultado

Casilla 64 si el IVA es positivo esa es la cantidad que deberemos ingresas a la administración.

Casillas 65 y 66 solo si tributamos en un territorio foral y separamos las adquisiciones en el territorio foral y en el estado español.

Casilla 67. El IVA soportado es mayor que el devengado y el resultado es negativo. Esta es la cantidad que la administración nos deberá.

Casilla 69. Es un resumen del resultado.

Casilla 70. Si el modelo que rellenamos es una corrección de una presentación anterior marcaremos esta casilla de complementaria.

Casilla 71. RESULTADO FINAL.

Sección 4. Compensación.

Casilla 71. Si el resultado es negativo consignarlo aquí para que la administración lo descuente en la siguiente declaración.

Sección 5. Sin actividad.

Si algún trimestre no hemos tenido ninguna actividad deberemos igualmente presentar el modelo marcando esta casilla y dejando todo lo demás en blanco.

Sección 6. Devolución.

El resultado es negativo y además estamos en el trimestre último. Aquí podemos solicitar se nos devuelva ese importe.

Sección 7. Ingreso.

Aquí comunicaremos a la agencia tributaria la cuenta bancaria donde queremos se nos realice la devolución.

Sección 8. Complementaria.

A rellenar únicamente cuando estemos presentando una declaración complementaria.

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