Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

La Ley 11/2021de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, introdujo el pasado mes de julio varias novedades, entre ellas, la nueva bajada del límite de los pagos en efectivo, disminuyendo de 2.500 a 1.000 euros.

Este límite solo será de aplicación cuando, al menos, una de las partes intervinientes en la operación tenga la condición de empresario o profesional.

Cualquier pago que un consumidor o particular  deba realizar a un empresario o profesional, siempre que éste sea superior a 1.000€, no podrá realizarse en efectivo y deberá hacerse por otros medios que permitan identificar la operación, como por ejemplo transferencia bancaria o tarjeta.

Supuestos de ampliación del límite

El límite de los 1.000€ podrá llegar a los 10.000 euros, o su equivalente en moneda extranjera. Siempre que el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su residencia fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

El límite es por operación. Es decir, si tenemos que pagar un importe de 1.200 €, no podremos pagar 1000 € en efectivo y el resto, por ejemplo, por transferencia bancaria. Se tiene en cuenta el importe total de la transacción.

límites pago en efectivo

Límite de pagos en efectivo

Aplicación de sanciones económicas

Se aplicará una sanción económica por el incumplimiento de esta medida que será de un 25% sobre la cuantía pagada en efectivo si ésta superase los 1000€. Si volvemos al ejemplo anterior, se pagarían 300€ de sanción por cada 1.000€ pagados en efectivo.

Los empresarios que estén habituados a realizar pagos en efectivo se verán obligados a realizar sus transacciones por transferencia bancaria si no quieren incurrir en una sanción económica.

Denuncia de pagos en efectivo

Si una de las partes denuncia a la otra por exceder del límite de los 1000€ , quedará exenta de responsabilidad siempre que la denuncia se haya efectuado dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del pago efectuado.

Finalidad

Esta medida facilitará a la Administración Tributaria ejercer de forma más efectiva y eficaz la inspección y comprobación de los contribuyentes. Se fija como objetivo frenar las prácticas de evasión fiscal.

Del mismo modo, esta medida contribuirá a que las gestoría y asesorías puedan tener un mayor control sobre los pagos y cobros a los clientes y proveedores

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