Aplicable desde el 1 de Noviembre
El Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo ha introducido, como novedad, una nueva modalidad denominada ERTE de formación. Con esta nueva medida, se beneficiará a las empresas que realicen acciones formativas en favor de los trabajadores incluidos en ERTE.
El período del que disponen las empresas para acogerse a estos beneficios va desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2022. Aunque se podrá estar en formación hasta el 30 de junio.
Objetivo de esta medida
Con esta medida se pretende favorecer la empleabilidad y competencias profesionales de los trabajadores que aún siguen en ERTE. Se mantendrá a los empleados motivados, actualizados y reciclados para ser reinsertados en su empresa o en una nueva.
En principio, la formación estará relacionada con el puesto de trabajo que desempeñaban. Eso no impide que puedan formarse en otros ámbitos, aunque no tengan relación directa con la actividad que desarrollaban anteriormente en la empresa.
ERTE de formación
Horas de formación
El número de horas de formación irá en función del tamaño de la empresa. También se tendrá el cuenta el número de personas que compongan la plantilla.
- de 10 a 49 trabajadores: 30 horas
- de 50 o más: 40 horas
En el supuesto de que no se hayan realizado las acciones formativas, la Tesorería General de la Seguridad Social informará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que ésta inicie los expedientes sancionadores y de liquidación de las cuotas que correspondan.
¿Qué beneficios obtienen las empresas?
Podrán beneficiarse de exenciones en la cotización a la Seguridad Social, concretamente entre el 40% y el 80%.
En las empresas que hubieran tenido 10 o más trabajadores, los porcentajes de exoneración serán del 40% si no desarrollan acciones formativas y, del 80% en el caso de que si las desarrollen.
Para empresas de con menos de 10 trabajadores, los porcentajes serán del 50% si no desarrollan acciones formativas y del 80% en caso contrario.
Las empresas que tengan autorizados ERTE por impedimentos de la actividad, podrán beneficiarse de una exoneración del 100%.
Además de estas exoneraciones, las empresas que formen a personas afectadas por un ERTE, tendrán derecho a un incremento de crédito para la financiación de acciones formativas, según el tamaño de la empresa:
- de 1 a 9 trabajadores: 425€ por persona
- de 10 a 49 trabajadores: 400€ por persona
- 50 o más personas: 320€ por persona
La financiación de estas acciones formativas correrá a cargo de una aportación extraordinaria del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
En resumen, las empresas que impartan cursos de formación tendrán mayores descuentos que si no lo hacen.
¿El ERTE de formación es obligatorio para los trabajadores?
Lógicamente a las empresas les interesa impartir estas formaciones, pero, ¿y los trabajadores? ¿están obligados a asistir a los cursos?
Puede que, los trabajadores, no tengan el mismo interés en realizar estos cursos formativos, pero éstos están obligados a asistir y os explicamos el por qué.
Debido a que la acción formativa la imparte la empresa (necesita justificar las exoneraciones de cuotas) es ésta quien da la instrucción a sus trabajadores para realizar la formación, por lo que acudir a las acciones formativas que la empresa organice se convierte en una obligación de los trabajadores. Al tratarse de una obligación, quienes se opongan podrán ser sancionados por la empresa.
Por otro lado, el Real Decreto establece que los trabajadores tendrán derecho a que estas acciones formativas se realicen dentro de su jornada laboral.
En conclusión, las personas trabajadoras estarán obligadas realizar las acciones formativas que la empresa organice pero, a su vez, tendrán derecho a que sean realizadas dentro de su jornada laboral.
Convirtiéndose así, la formación, en requisito fundamental para mejorar la empleabilidad y competencias profesionales de los trabajadores.