¿Cuáles son los costes de tener un empleado? Una pregunta bastante frecuente entre emprendedores es conocer el coste real y total de tener un empleado a sueldo. A continuación desgranaremos todos los gastos y finalizaremos con un caso práctico a modo de ejemplo.

En un principio debemos identificar dos clases de gastos para el empleador:

  • El salario del propio trabajador.
  • Los costes para con la administración de ese trabajador con la Seguridad Social.

Lo primero que debemos hacer es conocer cuál es el salario que debe percibir el empleado. Esta no es aleatorio y aparece regulado en su respectivo convenio, que podrá ser provincial, autonómico o nacional. En el encontraremos todo lo relativo al salario de nuestro empleado atendiendo a su categoría y demás consideraciones a tener en cuenta. El convenio fijara el salario mínimo, lo que no significa que entre empleado y empleador se pueda pactar un sueldo distinto “siempre superior” al que contempla el convenio, en base a la pericia y demás características. Esto supondría el sueldo bruto. Es decir, sin haberle practicado las respectivas retenciones en nómina a cargo de la seguridad social. Lo que debemos dejar claro al empleado siempre. El sueldo bruto no es el que se llevara a casa. A eso lo denominamos sueldo neto y las retenciones son las siguientes:

  • Seguridad social a cargo del empleado.
  • Cotización por contingencias comunes. 4.70% del sueldo bruto.
  • Cotización por formación. 0,10% del sueldo bruto.
  • Cotización por desempleo. 1,55% para contratos indefinidos. 1,60% para contratos temporales del sueldo bruto.

Todo ello supone un 6,35% del sueldo bruto.

Retenciones de IRPF de los costes de tener un empleado

El empresario deberá ingresar en hacienda el importe del IRPF  a cargo del empleado. Esta cifra es variable y se calcula atendiendo a diversos factores tales como el sueldo, circunstancias personales del empleado como la cantidad de hijos a cargo. Por lo general esta cifra suele oscilar entre el 2% y el 13% o incluso un 20% para salarios elevados.

Al igual que a la nómina del empleado se le restan estas contingencias, con el empleador sucede igual. Existen unas partidas que el empleador a de soportar con cada trabajador.

  • Cotización por contingencias comunes. 23,60% del sueldo bruto.
  • Cotización por desempleo 5,50% para contratos indefinidos y 6,70% para contratos temporales.
    • Cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional. Este porcentaje puede variar según la peligrosidad del empleo. Puede ir del 1% hasta el 6% del sueldo bruto.
    • Cotización por formación profesional. 0,60% del salario bruto.
    • Cotización del fondo de garantía salarial. FOGASA. 0,20% del salario base.

Todo ello supone un 30,90% del salario bruto.

Supuesto practico:

Somos propietarios de una cafetería y queremos contratar a un joven que trabaje por seis horas a la jornada. Su salario base es de 553,47€ que con la suma de los pluses es de 852,40€.

Las retenciones al trabajador serian:

  • Contingencias comunes. 40,06€
  • Demás cotizaciones. 14,49€
  • IRPF. 4%. 31,91€
  • TOTAL. 54,55 €

Las retenciones al empleador serian:

  • Contingencias comunes. 201,17€
  • Contingencias profesionales. 12,79€
  • Otras cotizaciones. 63,93€
  • TOTAL. 277,88€

La retención total practicada a la nómina del empleado seria de 54,55€ y la practicada a la empresa ascendería a 277,88€.

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