Presentamos esta opción de trabajo temporal, a través de un contrato para cubrir una baja por maternidad, muy beneficiosa tanto para la empresa como para la empleada facilitando la conciliación laboral y familiar.
Hoy vamos a hablar del contrato interino por maternidad. Una figura laboral de gran importancia tanto para la empresa como para las mujeres que van a ser o planean ser madres. Por tanto. es de suma importancia que tanto la mujer como la empresa estén al tanto del funcionamiento y de cuáles son las características del mismo para beneficiarse mutuamente. La maternidad no puede suponer un lastre en la vida laboral de la mujer y para ello la empresa debe disponer de herramientas que ayuden a conciliar y facilitar este momento en concreto en la vida de muchas mujeres. Con el siguiente texto desmontaremos mitos y prejuicios arraigados en la sociedad empresarial tales como que la maternidad cuesta dinero a la empresa.¿Qué es la interinidad por sustitución?
Es la garantía de la conservación del trabajo de la mujer que disfruta de una baja temporal de maternidad en el momento en que esta baja llegue a su fin.Características del Contrato para Cubrir una Baja por Maternidad
- La duración de la contratación, así como de la jornada laboral para la sustitución por la maternidad deberá ser igual al tiempo de duración de la propia maternidad.
- El contrato deberá hacerse por escrito y haciendo constar su condición de contrato por interinidad durante la maternidad.
- El contrato deberá de ser de la misma categoría profesional que la mujer sustituida.
- Sera necesario que el trabajador que sustituya a la trabajadora en baja por maternidad haya constado como demandante de empleo.
- El contrato se extinguirá en el momento en que la mujer se incorpore a su antiguo puesto. En caso de incorporarse antes de haber agotado su periodo de baja, estos beneficios quedaran extinguidos.
Beneficios del Contrato Interino por Maternidad para la empresa
- Los costes de la seguridad social por la empleada en baja por maternidad y la de la persona que la sustituya será cero.
- El salario de la trabajadora en baja por maternidad correrá a cuenta del INSS y no de la empresa.
- La base de cotización del sustituto es menor que la base de cotización de la persona sustituida y por tanto su salario también lo es.
- El único gasto al que la empresa deberá hacer frente en una situación de baja por interinidad será la de satisfacer. Como es lógico, el salario del sustituto que será siempre de menor cuantía que el salario de la sustituida.