¿En qué casos es obligatorio el preaviso?

Existen determinados supuestos y factores que condicionan la obligatoriedad o no del preaviso del cambio de horario en el trabajo por parte de la empresa. Debemos señalar que no todos los supuestos aparecen recogidos en el Estatuto de los Trabajadores (E.T). Muchos de los casos no aparecen regulados en la normativa laboral, por lo que habría que estar a lo que establezca el correspondiente convenio colectivo o a lo acordado en el contrato de trabajo.

A continuación, vamos a ver detenidamente los supuestos más comunes cuando tiene lugar un cambio de horario en la jornada laboral. La obligatoriedad en el preaviso dependerá de si el cambio de horario está regulado o no en la normativa laboral vigente.

Preaviso cambio horario trabajo

Preaviso del cambio de horario en el trabajo

Trabajadores que tienen siempre el mismo horario

En el caso de que seas un trabajador con un horario fijo en la jornada laboral, tanto si es partida como continua, la empresa tiene que preavisar el cambio de horario con una antelación mínima de 15 días naturales. En este supuesto estaríamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo regulado en el artículo 41.1 b) del E.T. Como podemos observar, aquí si existe la obligatoriedad del preaviso por parte de la empresa. Este cambio y modificación de horario tiene que estar justificado y fundamentado en causas objetivas.

Si el cambio de horario resultara perjudicial para el trabajador éste podrá rescindir el contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado. Igualmente, si el trabajador no se muestra conforme con el cambio de horario y tampoco quiere terminar la relación laboral, podrá impugnar la decisión de la empresa ante la jurisdicción social.

Sin embargo, la normativa no recoge nada en el caso de que el cambio de horario fuera solamente temporal. Por lo tanto, no existe obligatoriedad de notificar el cambio con antelación, habrá que acudir a lo que disponga el convenio colectivo.

Trabajadores con distribución irregular de la jornada de trabajo

Con la distribución irregular de la jornada de trabajo nos estamos refiriendo a un aumento o disminución del número de horas dentro de la jornada que viene siendo habitual. Es decir, las horas se podrán distribuir de forma irregular durante un período de tiempo. Esta distribución irregular se produce por un aumento o disminución del volumen de trabajo, de esta forma las horas quedan repartidas en función de la época con más o menos actividad en la empresa.

Este supuesto aparece regulado en el artículo 34.2 del E.T. Dicho precepto señala que sólo el 10% de la jornada anual podrá ser distribuido de forma irregular. Así mismo, añade que la empresa tendrá que preavisar al trabajador con un mínimo de 5 días.

Además de lo anterior, la distribución irregular debe venir reflejada en el convenio colectivo o, en su defecto, acordarse entre la empresa y el trabajador.

Preaviso del cambio de horario en el trabajo

Trabajadores a turnos

La normativa laboral no establece ningún preaviso en los trabajos a turnos o turnos rotativos. El trabajo a turnos es común en los sectores sanitarios y de emergencias en los que los empleados van rotando durante las 24 horas del día a lo largo de toda la semana. En este caso, al no existir una normativa que regule el preaviso habrá que acudir al convenio colectivo para ver que establece al respecto.

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