Si estás pensando en crear tu propia empresa, necesitarás registrarla en Hacienda, a continuación explicaremos todos los trámites para darte de alta en la Agencia Tributaria como autónomo o pyme.
Autónomos y Pymes: Cómo Darse de Alta en Hacienda
Darnos de alta en hacienda es el primer paso administrativo que debemos dar a la hora de iniciar nuestra empresa. Para ello deberemos rellenar el modelo 036, o en su caso, el modelo 037 que no es otra cosa sino un modelo abreviado del modelo 036 y presentarlo telemáticamente preferentemente o de manera presencial en papel. Si se trata de una PYME la presentación es obligatoriamente telemática mientras que la opción de presentación presencial solo podrá realizarse cuando se trate de una persona física (autónomo).
Una vez hecho esto estaremos inscritos en el censo de empresarios.
Con este modelo podremos registrar nuestra alta, nuestra baja o cualquier modificación que se produzca en nuestra empresa a nivel informativo de datos personales, fiscales y empresariales.
Darse de alta en Hacienda.
A continuación detallaremos los datos necesarios para rellenar el modelo 036.
¿Qué es el Modelo 036?
El modelo 036 está compuesto de 8 páginas.
- Página 1. Aquí deberás comunicar tus datos identificativos. El nombre y apellidos, NIF y el motivo de la presentación, este puede ser, por alta, por baja o por modificación de datos ya presentados.
- Página 2. Esta página se subdivide en 2a, 2b y 2c. Dependiendo de las características de nuestra empresa tendremos que rellenar una u otra. Un autónomo, es decir, una persona física rellenara el modelo 2a. si se trata de una empresa con personalidad jurídica rellenaríamos el 2b, mientras que el 2c queda para empresas o personas jurídicas no residentes en España.
En este apartado nos pedirán datos identificativos, el domicilio fiscal y domicilio de residencia así como los datos del establecimiento permanente.
- Página 3. Esta página está reservada para identificar a los representantes de la empresa. Si actúas en nombre propio deberemos saltárnosla y dejarla en blanco.
- Página 4. En esta página deberemos dar todos los detalles del centro de trabajo y además deberemos identificar la actividad a la que nos vamos a dedicar indicando su epígrafe en el IAE, (impuesto de actividades económicas). Especificaremos también aquí si la actividad la vamos a realizar en casa, si es así, lo que deberemos comunicar es cuantos metros de la casa estarán afectos a la actividad. Imaginemos tenemos una casa de 100 metros cuadrados y vamos a montar un despecho en una habitación. Esta habitación es de 15 metros, pues deberemos poner que el 15% de la vivienda estará afecta a la actividad. Si vamos a realizar la actividad fuera de casa deberemos identificar ese local o locales y deberemos poner por ultimo la fecha en que comienza la actividad.
- Página 5. Este apartado está destinado al IVA. En este apartado deberás recoger la forma en que vas a tributar el IVA que ira íntimamente ligado a lo que exija la actividad. También deberás recoger la fecha de inicio de la actividad. Tendremos que optar entre;
- Régimen general. En el que lo que se tributa es la diferencia entre el IVA soportado y el IVA devengado.
- Recargo de equivalencia. Para aquellos autónomos que se dedican a la venta al por menor de productos.
- Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. Para aquellas actividades que se desarrollen en este campo.
- Existen también diferentes regímenes específicos para determinadas actividades como las agencias de viajes, compra venta de objetos usados, compra venta de obras de arte…
- Página 6. Se refiere al IRPF. A la forma en que tributaremos. Diferenciando entre IRPF de las personas, el impuesto de sociedades para las empresas y el IRPF para no residentes. Deberemos seleccionar el que nos corresponda atendiendo a la actividad y la forma de empresa que estemos constituyendo.
- Página 7. Recoge los regímenes especiales de IRPF y si Deberemos marcar la obligación o no de realizar ingresos a cuenta, es decir, si somos profesionales y practicamos retenciones en nuestras facturas no estaremos obligados a hacerlo, si por el contrario somos empresarios deberemos presentar pagos trimestrales a cuenta de IRPF presentando el modelo 130.
- Página 8. Aquí recogeremos en caso de ser sociedad los datos de nuestros socios. En caso de ser empresario individual esta página la dejaremos sin rellenar.
Modelo 036 para una Baja o Modificación Censal
Al igual que ocurre cuando iniciamos la actividad, estamos obligados a presentar el modelo 036 cuando alguna de las circunstancias recogidas en el momento del alta haya cambiado. Imaginemos que cambiamos de domicilio, o que nos trasladamos de oficina. Estos datos deben ser comunicados y tenemos un mes desde que se produce el cambio para notificarlo.
Igualmente ocurre cuando vamos a finalizar la actividad, cuando vamos a cerrar, sea el motivo por el que sea, debemos comunicar a la administración nuestra intención de causar baja. Esta es la única forma de dejar de tener obligaciones fiscales derivadas de la actividad.
>>La elaboración del modelo 036 es bastante compleja. Se antoja muy sencilla una vez sabemos todos los datos relativos a nuestra actividad. Pretender rellenar este modelo sin supervisión y sin conocer las obligaciones que nuestra empresa va a tener es una temeridad y la principal causa de sanción por parte de la administración.
Desde MCLE ASESORES recomendamos delegar esta parte del proceso constitutivo de la empresa para evitar posibles sanciones y empezar con mal pie la andadura ya de por sí difícil de emprender.