Cómo cambiar de gestoría de la forma más sencilla.
Actualmente la inmensa mayoría de empresas y empresarios individuales tienen contratados servicios externos de gestoría para toda la gestión documental que hay que cumplir respecto a la administración (presentación de impuestos, constitución de una sociedad, inspecciones, relaciones laborales…) dada la complejidad de estas tareas lo común, y más sensato, es la delegación en profesionales cualificados para atender esta área del negocio.
Pero, ¿que hacemos cuando no estamos satisfechos por los servicios prestados por los profesionales en quien delegamos estas actividades? La respuesta es muy sencilla. CAMBIAR DE GESTORIA.
El mundo de las gestorías es un mercado muy amplio en el que por desgracia podemos encontrarnos con todo tipo de profesionales. Esto no es endémico del gremio de la gestoría sino que está presente en todos los ámbitos de profesiones con el hándicap añadido de que, para considerarte un asesor no es necesaria ninguna acreditación para ejercer esta actividad como pueda ser la obligatoriedad de colegiación o incluso prescindir de la formación académica requerida. Por tanto, el intrusismo en el mundo de las asesorías de profesionales no cualificados es abundante y no quebranta ninguna ley.
Por tanto, antes de elegir una gestoría o asesoría para delegar en ellas debemos tener claros unos conceptos básicos de los que hablamos en una anterior entrada “clase de asesor que debes elegir” o “que es un asesor laboral”. Si ya trabajas con una asesoría o gestoría con la que no estás considerando cubiertas tus obligaciones te detallamos como cambiar de gestoría en pasos muy sencillos.
¿Quién se hace cargo de los trámites y la documentación para cambiar de asesoría?
El proceder habitual es que la nueva gestoría se ponga en contacto con la antigua gestoría del cliente en cuestión y entre los servicios administrativos de ambas se produzca el intercambio de documentación lo más eficaz y eficiente posible. Otra forma de proceder es a través del propio empresario interesado, personándose y llevándose su documentación personalmente. Esta forma de proceder es más informal y se da sobre todo entre gestorías familiares y empresarios individuales (autónomos) acostumbrados a un trato más informal. De cualquier forma esto es ya un anacronismo pues no es necesario tener ningún papel físico puesto que todo de estar informatizado y archivado de manera digital.
¿Qué documentación necesito para cambiar de gestoría?
La documentación que necesitara la nueva gestoría para que puedas cambiar de asesoría dependerá de la personalidad jurídica de la empresa. Por ejemplo un autónomo necesitaría la siguiente documentación;
- Modelo 036 de alta censal y todas sus modificaciones.
- Modelos 130 si los hubiere de IRPF.
- Modelos 303 y 390 si los hubiere de IVA.
- Libro de gastos y facturas recibidas.
- Libro de ingresos y facturas emitidas.
- Contratos y seguros sociales de los empleados si los hubiere.
Si por el contrario hablamos de una sociedad además deberemos de tener;
- Constitución de la empresa y estatutos de formación.
- Libros contables. Libro diario y libro mayor.
- Cuentas anuales del registro mercantil.
- Modelo 200 del impuesto de sociedades.
- Modelo 300 de declaración de IVA.
- Modelos 110 y 190 de retenciones de IRPF.
- Modelos 115 y 180 de alquiler de locales.
Dado que toda la documentación ha de guardarse por un periodo de cinco años, deberemos recibir de la anterior gestoría la documentación de los cinco últimos años a efectos contables y de registro que se tengan de la empresa.
Cuando es el mejor momento para cambiar de gestoría.
El momento idóneo es el mes de enero. Al finalizar el año fiscal y comenzar las anotaciones desde cero. No obstante, cualquier momento es susceptible de solicitar el cambio. si las circunstancias son urgentes no debemos esperar más tiempo del necesario.
Antes de solicitar el cambio de asesoría debemos cerciorarnos de que no existe una clausula de permanencia con la empresa y que no seremos sancionados por su incumplimiento. Esto es algo relativamente común. Desde MCLE ASESORES recomendamos no trabajar con ninguna gestoría o asesoría que nos exija un compromiso de permanencia y que deje atado de manos al cliente si no está satisfecho con el servicio.
De cualquier modo, exista un compromiso de permanencia o no, la documentación deberá ser puesta a disposición del cliente en el momento en que la solicite puesto que esos documentos, si bien su custodia corresponde al servicio contratado, son propiedad del interesado y la obligación legal es remitírsela cuando la solicite.