Retrasar la edad de jubilación es un derecho, no una obligación
Recientemente José Luis Escrivá, Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha hecho unas declaraciones referentes a alargar la jubilación hasta los 75 años de edad. Aunque finalmente ha reculado, el tema ha quedado en boca de todos. Seguramente a la mayoría de nosotros nos invaden preguntas como ¿Nos podría reportar algún beneficio alargar la jubilación hasta tan avanzada edad? ¿Qué incentivos se podrán obtener si alargamos nuestra vida laboral y retrasamos nuestra jubilación? Estas son algunas de las preguntas que intentaremos esclarecer a lo largo de este artículo.
Edad de jubilación en España
Actualmente en España la edad de jubilación se sitúa en 65 años si se han cotizado 37 años y 3 meses o más, y 66 años si se han cotizado menos de 37 años y 3 meses.
Para 2027 se pretende que los trabajadores con 38 años y 6 meses trabajados o más tengan una edad de jubilación de 67 años.
Se establecen penalizaciones para quienes se retiren antes de tiempo e incentivos para quienes opten por alargar su vida laboral.
Hoy vamos a centrarnos en los incentivos económicos que pueden obtener quienes opten por jubilarse más tarde
¿Qué es la jubilación demorada?
En la jubilación demorada el trabajador retrasa su jubilación de forma voluntaria y más allá de la edad ordinaria , y accede a la pensión de jubilación más tarde. Esto conlleva una gratificación que aumentará la pensión que le correspondería una vez decida jubilarse posteriormente.
Dicho de otro modo, se gratifica a quienes no se jubilen a la edad ordinaria que les correspondería. Esta gratificación se hace mediante la llamada jubilación demorada. Actualmente se aplica una bonificación a la base reguladora de la pensión de jubilación. Consiste en los siguientes incentivos en función de los años de carrera profesional:
- Para trabajadores con 25 años o menos trabajados, un 2% por cada año adicional de cotización, es decir, cada año de prolongación de la carrera supone un 2% más de base reguladora para el cálculo de la pensión.
- Para trabajadores de entre 26 y 37 años trabajados, el porcentaje aumenta al 2,75%.
- Los trabajadores de más de 37 años trabajados tendrán un 4% más de base reguladora por cada año que retrasen la jubilación.
Beneficios e incentivos de retrasar la jubilación
¿Me interesa jubilarme más tarde?
Hay un cierto porcentaje de la población que cuando llega a la edad de jubilación decide, por unos motivos u otros, seguir trabajando. La gran pregunta que muchos se hacen es: ¿merece la pena? .
Cada uno tendrá que valorar personalmente muchísimos factores, además del económico, y decidir si en un próximo futuro le compensará o no optar por este tipo de jubilación.
Beneficios de retrasar la jubilación
- La mayor ventaja para los trabajadores es la bonificación que podrán recibir posteriormente en la pensión.
- Posibilidad de completar los años cotizados que sean necesarios para conseguir una pensión del 100%.
- Mantener el poder adquisitivo
Inconvenientes de retrasar la jubilación
- Dificultades para disfrutar de la jubilación. Cuanto más tiempo se retrase la edad de jubilación mayores probabilidades tendremos de que nuestro estado de salud sea más delicado debido al paso de los años.
- Límite de la pensión máxima. Sea cual sea la cuantía que al final nos quede, hay que tener en cuenta que ésta no debe sobrepasar la pensión máxima fijada cada año por el Gobierno.
En 2021 este tope se sitúa en 2.707,49 € al mes.
Requisitos de la jubilación demorada
- Demostrar que se han cotizado, como mínimo, 15 años a la Seguridad Social.
- No haber cumplido 70 años de edad.
- Tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria para el año en curso.
¿Cómo afectará la reforma de pensiones a la jubilación demorada?
Con la reforma de las pensiones, que previsiblemente entrará en vigor en 2022, se incluye un paquete de medidas en la que se ofrecerán hasta tres tipos de incentivos, entre los que se podrá elegir:
- Un porcentaje adicional del 4% que se sumará con el que corresponda de acuerdo con el número de años cotizados y se aplicará a la base reguladora.
- Una cantidad a tanto alzado en función de la pensión y premiando las carreras más largas. El pago único oscilaría entre un mínimo de 4.786 euros y un máximo de 12.060,12 euros.
- O una combinación de estas dos opciones, que a día de hoy aún no se ha especificado.
Si el trabajador escoge la primera opción, verá incrementada su pensión de de forma mensual.
Si escoge la segunda opción, tendrá un beneficio a corto plazo, pero que puede llegar a ser sustancioso: en los mejores casos se contempla un pago de hasta 12.060,12 euros por año demorado.
Por otro lado, los trabajadores que retrasen su jubilación serán también premiados, quedando exonerados de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes (salvo incapacidad permanente) desde el momento en que alcancen la edad de jubilación.
El objetivo de la Reforma Escrivá es alinear la edad efectiva y la edad real de jubilación.
Otras opciones y alternativas a la jubilación demorada
Si aún no queremos retirarnos por completo de la vida laboral, existen otras opciones que se obtienen combinando algunas horas de actividad laboral con un porcentaje de nuestra pensión de jubilación.
Jubilación parcial
Si estás dudando entre seguir trabajando o jubilarte podrías considerar la opción de la jubilación parcial. Podrás compatibilizar tu trabajo con tu pensión de jubilación. No percibirás las cantidades íntegras, es decir, cobrarás una parte de tu pensión de jubilación y la otra parte la recibirás como sueldo por tu actividad profesional.
Se debe solicitar sin jubilarse, continuando en la empresa.
En esta modalidad no podrás seguir contratado a jornada completa, sino a jornada reducida como mínimo del 25% o del 50% y máximo del 75%. Aquí tendremos que diferenciar si se trata de jubilación parcial con contrato de relevo o sin contrato de relevo.
Resumiendo, cobrarás una jornada reducida por parte de tu empresa y el resto ,hasta llegar a la jornada completa, te lo abonará la Seguridad Social en concepto de jubilación. De esta manera seguirás cotizando a la Seguridad Social.
En 2021 se está cotizando a un 90% (tomando en consideración el 100% de una jornada completa). Para 2023 la cotización será al 100%.
Los autónomos no pueden disfrutar actualmente de la jubilación parcial.
Jubilación flexible
Podemos optar a este tipo de jubilación una vez que ya somos pensionistas, esto es, que en su día dejamos nuestro trabajo y empezamos a cobrar la jubilación.
Mientras se perciba la pensión de jubilación flexible, mantendrás la condición de pensionista a efectos de de reconocimiento y percibo de las prestaciones sanitarias.
Pueden optar a la jubilación flexible todos los trabajadores de los distintos regímenes de la Seguridad Social, excepto los funcionarios civiles del Estado, los de las Fuerzas Armadas y el personal al servicio de la Administración de Justicia.
Jubilación activa
Con este tipo de jubilación podremos compatibilizar hasta una jornada completa con la pensión, a diferencia de la jubilación parcial o la flexible en las que sí existen limitaciones.
Los contratos de relevo en esta clase de jubilación no son concluyentes como en la jubilación parcial.
La jubilación activa está permitida si eres autónomo, al contrario de lo que sucede con la jubilación parcial.