Abierto el plazo para solicitar ayudas a la modernización digital y mejora de la competitividad en Andalucía.

La Junta de Andalucía ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas para la digitalización de autónomos y pymes andaluzas.

Las ayudas podrán solicitarse por vía telemática hasta el 26 de mayo de 2022 (el plazo comenzó el pasado 26 de noviembre de 2021). Se tendrán en cuenta los días inhábiles en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el cómputo del plazo de solicitud.

Prácticamente, apenas habrá que presentar documentación con la solicitud (más abajo detallamos la documentación que sí deberá aportarse), por lo que se prevé que las ayudas se gestionarán con rapidez, eliminándose de esta forma las trabas administrativas.

Solamente, en el caso de que hayamos manifestado la oposición expresa a la consulta de nuestros datos consignados en la solicitud, sí tendremos que aportar la documentación como puede ser el DNI, NIE, NIF, domicilio fiscal, informe de vida laboral actualizado, etc.

Finalidad y cuantía de estas ayudas

El objetivo principal de estas ayudas, es dotar a los autónomos y pymes andaluces de las herramientas digitales necesarias para desarrollar todo su potencial y acceder a nuevos mercados a través de internet, es decir, el fin primordial es “modernizarse digitalmente”.

Se incentivará la transformación digital y la incorporación de estrategias de marketing, que cubrirán hasta el 100% de los gastos. Las subvenciones tendrán un límite mínimo de 1.000 € y un máximo de 6.000€.

Dos líneas de subvenciones

Esta convocatoria cuenta con dos tipos de subvenciones:

  • la primera, dirigida a trabajadores por cuenta propia o autónomos, trabajadores por cuenta propia agrarios y mutualistas.
  •  la segunda, indicada para sociedades cooperativas y sociedades laborales de Andalucía.
ayudas digitalización autónomos y pymes andaluzas
ayudas digitalización autónomos y pymes andaluzas

Gastos subvencionables

Existen dos modalidades:

Modalidad A: Transformación digital

  1. Adquisición de equipos informáticos cuando sean necesarios para la instalación de software de gestión empresarial.
  2. Adquisición de software de gestión empresarial (Enterprise Resource Plannig, Customer Relationship Management o similares)

Cuando el gasto subvencionable sea conjuntamente el punto 1) y 2) se incluirán ,como gastos subvencionables, las altas y licencias del primer año, los programas antivirus y la licencia del sistema operativo elegido.

3. Aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización.

4. Costes de consultoría

5. Costes de contratación de servicios “en la nube” durante el plazo de un año.

6. La adquisición de cualquier otra solución digital.

Modalidad B: Estrategias de Marketing Digital

  1. Gastos profesionales para la creación, diseño e implementación de campañas de marketing digital, posicionamiento web, email marketing, socialmedia, remarketing, redes sociales y publicidad en internet.

2. Costes de consultoría para:

– análisis e implantación de estrategias digitales

– supervisión de los aspectos legales de la página web (política de cookies, protección de datos, etc.)

– migración de los datos de la página web

3. Gastos profesionales de diseño y creación de páginas web con o sin portal de ventas. Gastos de proveedores de plataformas web (CMS).

4. Costes de contratación durante el plazo de un año de los servicios de proveedores de plataformas web (CMS) y de proveedores de servicios gestionados (MSP).

Podrá solicitarse la modalidad A, o modalidad B, o las dos modalidades conjuntamente A+B (en cualquiera de las dos tipos de líneas)

Documentación que deberá acompañarse a la solicitud

Anteriormente hemos mencionado que “prácticamente” apenas habría que presentar documentación junto a la solicitud. Sin embargo, para acreditar que se cumplen los requisitos para ser beneficiario de estas ayudas deberá aportarse, sí o sí, la siguiente documentación:

  1. Presupuestos o facturas proforma correspondientes a los gastos previstos. Deberá incluirse una descripción detallada e individualizada de los gastos presupuestados. No se admitirán aquellos presupuestos que no se encuentren lo suficientemente desglosados. No se considerarán presupuestos aquellas estimaciones de gastos que efectúe la propia persona o entidad solicitante. Tampoco serán considerados como tal los que carezcan del soporte de la oferta del proveedor o tarifa oficial.
  2. Certificado emitido por la mutualidad correspondiente para quienes estén dados de alta en una mutualidad alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  3. La situación de la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma de no tener la condición de persona autónoma societaria se acreditará con el modelo TA521 de alta, baja y variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos presentado ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
  4. Certificación del Registro mercantil para las sociedades laborales andaluzas.
  5. Acreditar la condición de pyme. Las sociedades cooperativas y sociedades laborales de Andalucía deberán estar calificadas como pymes.

Ayudas digitalización autónomos y pymes andaluzas

Requisitos

  • Los solicitantes deberán estar calificados como autónomos o pymes.
  • El domicilio fiscal de la empresa o autónomo deberá estar registrado en Andalucía y desarrollar dicha actividad en dicha Comunidad Autónoma.
  • Las sociedades cooperativas o laborales deberán estar inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas o en el Registro de Sociedades Laborales de Andalucía. No podrán estar incursas en situación administrativa de cierre.

 Todos estos requisitos deben reunirse desde antes del 26 de noviembre de 2021, fecha en la que se abrió el plazo para presentar dicha solicitud.

Presentación de solicitudes, plazo de resolución y notificación

Las solicitudes se presentarán por vía telemática, a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

El plazo de resolución de la solicitud será de 3 meses. Si ,tras transcurrir este tiempo, no hay respuesta por parte de la Administración, la resolución se tendrá por desestimada (silencio negativo).

Desde MCle Asesores recomendamos no dejar escapar esta oportunidad y aprovechar la ocasión para digitalizar tu negocio.

¡¡Digitalízate!!

Ayudas digitalización autónomos y pymes andaluzas

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